Pedro Báez tiene una pena a 6 años y medio de prisión que está confirmada pero no está firme. Castagno, que preside el tribunal opinó igual que hace unos meses. Consideró que la situación de Báez, pese a que su defensor olvidó firmar el Recurso Extraordinario Federal (que en octubre fue habilitado por el Superior Tribunal de Justicia), es igual a la de Urribarri y Aguilera. Ninguno tiene la condena firme y ninguno debería estar cumpliendo una preventiva en la Unidad Penal.
“No puedo no destacar que el doctor Ignacio Aramberry dijo que la Fiscalía aún sostiene que la sentencia de condena oportunamente dictada por este tribunal se encuentra firme, por lo tanto ejecutable. Pero el devenir de este proceso demuestra lo contrario”, marcó la magistrada apenas comenzó a leer los fundamentos de su voto. Más adelante sostuvo que la actividad defensiva de Báez no es comparable a la que desplegaron Urribarri y Aguilera. “No intentó postergar la audiencia de discusión de prisiones preventivas ni realizó denuncias insólitas en extrañas jurisdicciones”. De modo que sostuvo su opinión respecto de la discusión que ocurrió entre agosto y septiembre pasado, pese al fallo de Casación de los últimos días, que revirtió esa situación.
“La reciente resolución de Casación que los fiscales invocan como determinante sobre la preventiva de Urribarri y Aguilera, en relación a la preventiva de Báez, se ciñe al análisis sólo de Urribarri y Aguilera y no de Báez. Ello impone y habilita ingresar a la procedencia de la preventiva de Báez que interesa Fiscalía porque no fue objeto de revisión de Casación. Ello al efecto de sopesar si el riesgo que relevó Casación atento a Urribarri y Aguilera, y la medida cautelar que se impuso a ellos, se traslada a Báez. En esa tarea, he de ser consecuente con lo resuelto anteriormente”, remarcó Castagno.
Quien le siguió en la lectura de fundamentos fue el vocal Julián Vergara. En la instancia anterior donde se discutió esta cuestión, el juez se plegó al voto de Castagno. Pero en esta ocasión, dijo: “Respetuosamente, en esta oportunidad voy a disentir con las conclusiones de mi colega que tiene una envidiable estatura moral y profesional ejemplar. Pero no puedo dejar de lado la sentencia de Casación, del 19 de noviembre. A partir de allí, analizar las consideraciones de ese tribunal es o no trasladable a la situación de Báez”.
Cabe señalar que en su momento, cuando los fiscales pidieron las prisiones preventivas para Urribarri, Aguilera y Báez, los jueces Castagno y Vergara opinaron igual. Es decir, por mantener restricciones a la libertad de los condenados y no enviarlos a la cárcel. Quien se diferenció fue Elvio Garzón, que sopesó real riesgo de fuga y consideró, tal como planteó Fiscalía, que debían ir a la Unidad Penal. Finalmente, el voto de Castagno y Vergara fue revertido en Casación respecto de Urribarri y Aguilera que esta semana fueron trasladados a la UPN°1 de
Paraná.
Los jueces Vergara, Castagno y Garzón.
“Las pautas tenidas en cuenta por Casación para disponer la prisión preventiva efectiva de Urribarri y Aguilera, son abarcativas a Pedro Báez”, subrayó Vergara este viernes.
Posteriormente se pronunció Elvio Garzón y reiteró sobre los riesgos procesales. “La cuestión a dilucidar es el modo de cautelar la medida solicitada por el Ministerio Público Fiscal en relación a Báez. Resultan aplicables las apreciaciones efectuadas al momento de emitir mi voto al resolver la situación de Urribarri y Aguilera. Las que fueron consideradas correctas por las doctoras Marcela Davite, Marcela Badano y Evangelina Bruzzo (NdR: el tribunal de Casación)”.
Pedro Baéz fue condenado en el marco del "megajuicio por corrupción" junto a Urribarri y Aguilera. Esa sentencia se produjo el 7 de abril de 2022 y atravesó distintas instancias de apelación. Fue confirmada el año pasado en Casación y llegó al STJ. En abril de este año, el máximo tribunal penal rechazó una impugnación extraordinaria. Los fiscales que estuvieron al frente de las cinco causas acumuladas por negociaciones incompatibles, peculado y fraude, comenzaron a pedir que los tres principales condenados cumplan prisiones preventivas en la Unidad Penal. Esa discusión demoró en darse debido a la cantidad de postergaciones, apelaciones y recusaciones que fueron presentando los defensores. Finalmente, en agosto se realizó la audiencia. Los fiscales reclamaron a este tribunal que aplique prisiones preventivas a los tres y los envie a la cárcel. Eso no ocurrió, en aquella oportunidad, con voto dividido los jueces decidieron sólo aplicarle restricciones a la libertad. Ese fallo fue apelado por los fiscales. En Casación, el tribunal revirtió la decisión de los jueces inferiores y ordenó la inmediata detención de Urribarri y Aguilera. Báez había quedado afuera. Cuando eso ocurrió, los fiscales volvieron al tribunal de Juicios y Apelaciones y manifestaron que los riesgos evaluados por Casación para ordenar la detención de Urribarri y Aguilera, son aplicables a Báez. Finalmente, así lo entendió el Tribunal este viernes, con votación dividida.
Por otro lado tramitan las apelaciones al hábeas corpus denegado esta semana para que liberen a Urribarri y Aguilera; y la queja contra la resolución que ordenó las detenciones en cumplimiento de las penas preventivas.