n dicha cuenta, Urribarri recibe sus haberes previsionales como extitular del Poder Ejecutivo y también una suma proveniente de un reclamo exitoso presentado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-actual ARCA) por retenciones indebidas del Impuesto a las Ganancias.
Qué sucedió
El Ministerio Público Fiscal había solicitado embargar la totalidad de los más de $40.000.000 depositados en la cuenta, argumentando la necesidad de resguardar fondos en el marco de la causa por enriquecimiento ilícito que se sigue contra Urribarri. Sin embargo, la defensa del exgobernador, a cargo de Miguel Cullen, presentó un recurso solicitando el rechazo de la medida.
Al resolver, el juez Vergara hizo lugar al planteó de la fiscalía de limitar el embargo al 20% del monto, equivalente a unos $8.048.245. Al respecto, sostuvo: "Sin perjuicio de reconocerse el carácter alimentario de los fondos existentes en la cuenta embargada, comparto y hago propio lo sostenido la Dra. Patricia Yedro y por el Dr. Gonzalo Badano, en cuanto a que 'si bien dichos fondos provienen de haberes previsionales y por lo tanto tiene carácter alimentario, no están exento de ser alcanzados por la medida cautelar solicitada por este Ministerio Público Fiscal en el porcentaje previsto por ley Nº 9114 y sus modificatorias; atento a que en su artículo segundo dispone que podrán serlo en hasta el 20% de lo que exceda el mínimo contemplado enel art. 1 de la citada norma'".
La suma embargada proviene de un reclamo presentado por Urribarri a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en el que solicitó la devolución de las retenciones realizadas sobre sus haberes previsionales en concepto de Impuesto a las Ganancias. En total, la ANSES reintegró al exgobernador $40.241.225,05, tras una resolución judicial que declaró la inconstitucionalidad de dichas retenciones.
La jueza federal Analía Ramponi, a cargo del Juzgado Federal de Concordia, dictaminó que las retenciones aplicadas a los haberes jubilatorios de Urribarri violaban principios constitucionales como el derecho de propiedad, la no confiscatoriedad y la integridad de los ingresos previsionales. Además, determinó que las jubilaciones no pueden considerarse como ganancia imponible y ordenó la devolución retroactiva de las sumas retenidas desde enero de 2023.
En su resolución, Ramponi declaró la inconstitucionalidad de los artículos pertinentes de la Ley de Impuesto a las Ganancias (20.628 y sus modificaciones) y dispuso que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos se abstenga de realizar futuras retenciones a los haberes previsionales de Urribarri. Asimismo, impuso las costas del proceso al Estado nacional.
El exgobernador Sergio Urribarri cumple prisión preventiva en la Unidad Penal N°1 de Paraná en el marco de la causa por el megajuicio en el que fue condenado a 8 años de cárcel por corrupción. Actualmente, sigue reclamando en los Tribunales su liberación.