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Fiscales pidieron que reviertan el fallo que evitó las preventivas de Urribarri y Aguilera
De ANÁLISIS El Ministerio Público Fiscal (MPF) de Entre Ríos, reclamó que se revierta el fallo que evitó las prisiones preventivas para el exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado, Juan Pablo Aguilera. Fue este jueves, en una audiencia ante la Cámara de Casación Penal de Paraná.
Fiscales pidieron que reviertan el fallo que evitó las preventivas de Urribarri y Aguilera

Los fiscales Ignacio Aramberry, Patricia Yedro, Juan Francisco Ramírez Montrull y Gonzalo Badano, llegaron a la Cámara que integran Marcela Davite, Marcela Badano y Evangelina Bruzzo y pidieron que revean el fallo del Tribunal de Juicios y Apelaciones de agosto pasado. En esa resolución se determinaron medidas restrictivas de libertad para el exgobernador Sergio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez. Pero se evitó enviarlos a la Unidad Penal, tal como reclamaban los fiscales que llevaron adelante las investigaciones. 

Cabe señalar que hace pocos días, en un recurso que tenía pendiente de resolver, la Sala Penal del Superior Tribunal de  Justicia (STJ) habilitó el recurso extraordinario federal para los imputados en el megajuicio por corrupción. De ese modo, el máximo órgano judicial de la provincia convalidó la no firmeza de las condenas, y abrió la puerta para que continúen reclamando en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). El efecto directo es el estiramiento indefinido de una discusión, y frustrar la posibilidad de cumplimiento de las penas. La decisión de la Sala Penal fue a partir de un cambio de opinión de la vocal Gisela Schumacher, que venía pronunciándose en disidencia respecto de los planteos defensivos. 

Pese a esta decisión del STJ, los fiscales ya habían planteado su recurso ante la Cámara de Casación Penal que, por otro lado, suspendió la audiencia para tratar la situación de Pedro Báez al considerarla abstracta.

De la audiencia este jueves participaron los defensores Miguel Ángel Cullen y Marcos Rodríguez Allende (en representación de Aguilera); Leopoldo Cappa; de modo virtual Javier Baños y Fernando Burlando (los tres en representación de Urribarri).

La sentencia condenatoria está “en riesgo de frustración”

Ignacio Aramberry manifestó ante la Cámara de Casación Penal de Paraná que la resolución del Tribunal de Juicios y Apelaciones que evitó la cárcel para Urribarri, Aguilera y Báez es “contradictoria”.  

El voto fue dividido: los jueces Carolina Castagno y Julián Vergara decidieron imponerle restricciones a la libertad; y el tercer integrante del tribunal, Elvio Garzón, consideró que debía imponérseles la prisión preventiva a los tres. “Los jueces receptaron nuestra postura concluyendo que si bien existe riesgo latente de fuga, puede ser compensado con restricciones que pueden imponerse a los condenados”, apuntó. “Luego de relevar todos los aspectos que surgen de recomendaciones internacionales, en el juicio de ponderación el tribunal hace gravitar el comportamiento de los imputados en el juicio, echando por tierra aspectos en cuanto a forma de comisión de hechos y condiciones personales”, agregó.

Aramberry dijo que la decisión del tribunal de juicios “confronta” con otras decisiones en procesos comparables, lo cual pone en desventaja a enjuiciados frente al “privilegio” de Urribarri y Aguilera. Añadió que el tribunal “desmereció” datos relevados por el Ministerio Público Fiscal, lo cual “hacen que el acto sentencial presente vicios en su fundamentación”.

A su turno, la fiscal Yedro expresó que los argumentos del tribunal de juicios son “insuficientes” y  “llevan a resolución contradictoria”. “En todas las investigaciones se dio la particularidad de una muestra de influencia de Urribarri y Aguilera -dijo-. Toda esta estructura generada con allegados se mantuvo oculta, a la sombra del poder por largo tiempo, y esa influencia que ejercieron los condenados sobre particulares y funcionarios públicos, permitió que esto siguiera funcionando. No podemos dejar de mencionar que sustrajeron grandes montos de dinero que en algún lado debe estar. Hay personas que prestaron nombres para que le pongan bienes y servicios. Todo pudo ser facilitado para la fuga o salida del país. No son ciudadanos comunes sino personas con importantes vínculos”, apuntó.

Siguió Ramírez Montrull. Remarcó la existencia de causas en trámite, que el cálculo sobre el desvío de dinero llega a los 8 millones de dólares. “¿La conducta posterior a la condena tuvo que ver con mostrar arrepentimiento? ¿Con intentar restituir el dinero sustraído? ¿O la actitud demostrada por los imputados fue de constante desafío a la autoridad judicial y sus resoluciones? ¿Qué hace pensar que una persona que niega condena va a cumplir con la pena?”, preguntó. “Cada vez que le dieron la palabra a Urribarri negó el proceso y declaración de culpabilidad. Logró con un vigente poder que se traduce como riesgo concreto de fuga, poner a autoridades judiciales que intervinieron en su condena, como supuestos delincuentes. ¿Qué muestra esa conducta de Urribarri? Es una conducta excepcional. No es habitual el proceso que estamos llevando a cabo. No es habitual estar hasta cinco minutos antes de las audiencias, pendientes para ver si presentan un escrito para suspender una instancia que preparamos años y años”, se quejó. “Nadie puede suspender audiencias. Sin embargo acá tuvimos innumerables suspensiones. Esto es riesgo”.

Badano fue el último en exponer. Citó convenios internacionales contra la corrupción. Se refirió al desfalco producido en cada causa, a la continuidad de los delitos, y la situación socio económica de los imputados. “No evidenciaron miseria ni necesidad sino codicia, búsqueda de interés personal, aprovechamiento de la indefensión de una sociedad que depositó confianza en ellos”.

“¿De qué se agravian?”

El defensor Leopoldo Cappa aseguró que el recurso de Casación no tiene razón de ser. “El tribunal de juicios concedió lo que pidieron los fiscales. ¿De qué se agravian?”, preguntó. “Se dijo que mi defendido iba asiduamente a Uruguay y estaba latente el peligro de fuga. Pero mi defendido no va a Uruguay. Ahora se agregó que puede ir en bote”, cuestionó. Agregó que si hubo dilaciones en las causas, no se deben a Urribarri “si no a recusaciones que fueron aceptadas y la enfermedad de un juez”.

“No hubo ni habrá peligro de fuga. Cuando se lo condenó estaba del otro lado del mundo, organizó su retorno al país el día posterior y siempre estuvo a disposición del proceso. Volvió y se instaló con su esposa en Concordia. Nunca hubo una situación, una conducta tendiente a entorpecer”, afirmó. “No quiero que el tribunal se deje llevar por una cuestión imaginaria. Así como se dijo que Urribarri iba asiduamente a Uruguay porque vive en Concordia. Eso no se puede acreditar porque no es así, ahora se dijo acá que se mal interpretó y puede pasar en bote”.

Baños tuvo una intervención muy breve y reiteró que Urribarri es “jurídicamente inocente”.

Cullen y Rodríguez Allende hablaron por Aguilera. “El tribunal de condena entendió que no hay elementos para dictar las preventivas y sí hizo lugar a los pedidos en subsidio que hicieron los fiscales”, dijo el primero de ellos. “Lo que se generó que se presente el pedido de preventiva no fue una conducta de Aguilera, sino un cambio en su situación procesal. Aquí vinieron a criticar el fallo, la resolución del tribunal, se dijo que es contradictorio, que existiría aumento de peligro de fuga y no es así. Sí es contradictorio que habiéndose eliminado aquel riesgo por el cambio de situación procesal, nada se diga de esto. Se les hizo lugar a lo que pidieron en subsidio, cambio la situación procesal y no se dice nada de eso, ya ni estamos cerca en el tiempo de cumplimiento de pena porque sabemos lo que tarda un recurso a la Corte. todo cambió y no dijeron nada”, subrayó.

Por último Rodríguez Allende validó la decisión del Tribunal de Juicios. “Estamos ante una decisión judicial razonable y prudente. Las medidas restrictivas que se impusieron en Aguilera, son razonables. El MPF no pidió medidas restrictivas en el juicio (abril del 2022), tampoco en Casación, esperó al STJ. Fue prudente. Los peligros de fuga que aumentaron, ahora disminuyeron, guste o no. Se debilita el pedido del MPF”, razonó. “Aguilera está a derecho desde el 6 de agosto de 2016, recuerdo la fecha porque fue el día de los allanamientos. Seguiremos estando a derecho, nunca se puso el peligro la aplicación de la ley, teniendo sentencias adversas. Siempre se cumplió lo impuesto por el tribunal que condenó a Aguilera, que impuso cuestiones económicas, no hubo elementos para pensar que se va a fugar”, completó. 


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