La resolución que se conoció este viernes está fundamentada por la presidenta de la Cámara, Marcela Davite. A sus argumentos, adhirieron las vocales Marcela Badano y Evangelina Bruzzo.
“Cabe concluir que los votos que conforman la mayoría de la resolución impugnada confluyen de manera armónica en sus argumentos, y que allí se analizó la razonabilidad y proporcionalidad de la medida cautelar y se valoraron las constancias que determinaron la existencia de riesgos procesales. Por eso, puede afirmarse que la resolución que dispuso la prisión preventiva de Báez fue producto de una derivación razonada del derecho vigente, con aplicación a las circunstancias comprobadas de la incidencia, sin que se advierta ninguna arbitrariedad, toda vez que lo resuelto se encuentra debidamente motivado y cuenta, además, con los fundamentos jurídicos necesarios y suficientes que impiden su descalificación como acto judicial válido. Todo ello, teniendo en cuenta especialmente que en función de los tratados internacionales que el Estado suscribió, este proceso penal debe ser sobreprotegido, en tanto el deber de investigar, juzgar y castigar tiene una mayor intensidad cuando lo que está en cuestión son delitos de corrupción como los que aquí se juzgaron”, sostiene la resolución.